jueves, 24 de mayo de 2012

Unidad IV Cuadro Sinòptico


    2.- Elabora un cuadro sinóptico en Word a partir de la lectura de la unidad 4 contenida en el material impreso de la asignatura. Envíalo por correo electrónico a la asesora.
ARMANDO CARRILLO GOVEA 9022
LGGEPA                          LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLOGICO Y PROTECCIÓN AL AMBIENTE.
                                        OBJETIVO: presentación y restauración del equilibrio ecológico y protección  al ambiente, propiciar un desarrollo sustentable, garantizando generaciones futuras, puedan crecer, y satisfacer sus necesidades. 

LGEEPA, SIGUIENTES APARTADOS:    
1)    DISPOSICIONES GENERALES:
     A) LÍMITES entre federación, entidades federativas, municipios    
B) LINEAMIENTOS, en políticas ambientales.  
C) ESP’ECIFICACIÓN, de instrumentos de ésta.
2) BIODIVERSIDAD:
A) ÁREAS naturales protegidas (ANP).
B) TIPOS Y CARACTERISTICAS de áreas naturales protegidas (ANP)
C) ESTABLECIMIENTO ADMINISTRATIVO Y VIGILANCIA DE (ANP)
D) SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (SNAP)
E) ZONA DE RESTAURACIÓN Y FLORA Y FAUNA SILVESTRES.
3) APROVECHAMIENTO RACIONAL DE ELEMENTOS NATURALES.
A) APROVECHAMIENTO sustentable del agua y ecosistemas acuáticos.
B) PRESERVACIÓN y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos.
C) EFECTOS de la exploración y explotación de recursos no renovables y equilibrio.
4) PROTECCIÓN AL AMBIENTE:
A) PREVENCIÓN y control de la contaminación de la atmósfera.
B) PREVENCIÓN, control de la contaminación de agua y ecosistemas acuáticos.
C) PREVENCIÓN y control de la contaminación del suelo
D) ACTIVIDADES riesgosas: materiales y residuos peligrosos, energía nuclear, luminosidad, etc.
5) MEDIDAS DE CONTROL, SEGURIDAD Y SANCIONES:
A) INSPECCIÓN y VIGILANCIA.
B) MEDIDAS de seguridad
C) SANCIONES administrativas
D) RECURSOS de revisión.
E) DELITOS, del orden federal y denuncias populares.
DECRETOS:

·         NOVIEMBRE-1988: decreto reglamento de LGEEPA, en materia de residuos sólidos.
·         MAYO-2000: decreto reglamento de LGEEPA, evaluación del impacto ambiental.
·         JULIO-2000: decreto ley general, vida silvestre.
·         JULIO-2004: LGEEPA, registro de emisiones de transferencia de contaminantes.
·         DICIEMBRE-2000: decreto, LGEEPA, áreas naturales protegidas (ANP).

ACUERDOS:

·         CUMBRE DE RIO DE JANEIRO BRASIL, CUMBRE DE TIERRA:
27 principios básicos, derechos y responsabilidades de los países, búsqueda del progreso y bienestar de la humanidad.

Protección de los recursos naturales, desarrollo humano, necesidades a favor de la paz y en contra de la pobreza.

Agenda 21, programa para lograr desarrollo de forma integrada  a escala mundial, nacional, y local, afrontar las cuestiones ambientales y el desarrollo sustentable.


·         PROTOCOLO DE KYOTO, JAPON:
 Este protocolo compromete a los países industrializados a estabilizar las emisiones de gases de efecto invernadero. La Convención por su parte solo alienta a los países a hacerlo.
El PK, como se le denomina por abreviar, fue estructurado en función de los principios de la Convención. Establece metas vinculantes de reducción de las emisiones para 37 países industrializados y la Unión Europea, reconociendo que son los principales responsables de los elevados niveles de emisiones de GEI que hay actualmente en la atmósfera, y que son el resultado de quemar fósiles combustibles durante más de 150 años. En este sentido el Protocolo tiene un principio central: el de la «responsabilidad común pero diferenciada».
El Protocolo ha movido a los gobiernos a establecer leyes y políticas para cumplir sus compromisos, a las empresas a tener el medio ambiente en cuenta a la hora de tomar decisiones sobre sus inversiones, y además ha propiciado la creación del mercado del carbono.
El camino a seguir
En general el Protocolo de Kyoto es considerado como primer paso importante hacia un régimen verdaderamente mundial de reducción y estabilización de las emisiones de GEI, y proporciona la arquitectura esencial para cualquier acuerdo internacional sobre el cambio climático que se firme en el futuro. Cuando concluya el primer período de compromiso del Protocolo de Kyoto en 2012, tiene que haber quedado decidido y ratificado un nuevo marco internacional que pueda aportar las severas reducciones de las emisiones que según ha indicado claramente el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) son necesarias.
·         ACUERDO DE BONN:

Los negociadores de Naciones Unidas se reúnen en Bonn, en Alemania del 1 al 12 de junio, para debatir el contenido del texto que supondrá el gran acuerdo  global sobre Cambio Climático.

Si no hay un acuerdo urgente y ambicioso, en el año 2015 habrá más de 375 millones de personas afectadas por desastres relacionados con el clima.

Para evitar los efectos más catastróficos, los países ricos deben aceptar un acuerdo que reduzca sus emisiones y se mantengan las temperaturas.


BIBLIOGRAFIA:

POBLACIÓN Y MEDIO AMBIENTE, MTRA. ROSALÍA CONSTANZA CORONA BECERRA, UNAM-ENTS

http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/protocolo_de_kyoto/items/6215.ph

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